viernes, 15 de marzo de 2019

DESALOJO NOTARIAL RÁPIDO.
*Consuelo Vásquez Mansilla
La Comisión de Justicia del Congreso, con la finalidad de estimular la inversión en el negocio inmobiliario, aprobó por mayoría el proyecto de Ley, que permite que el propietario, arrendador, acuda ante un notario para luego de demostrar que el contrato de alquiler ya venció o que el inquilino no paga dos mensualidades, y aún así se niega a dejar el bien, sea el notario una vez probado, quien ordene su desalojado.
El requisito que debe cumplir el Propietario arrendador, es contar con un contrato escrito otorgado ante notario que incluya una cláusula de allanamiento del arrendatario a la competencia notarial , que  sea parte de su protocolo notarial, y que venció o que haya caído en morosidad al no haber pagado dos mensualidades.
El pago debe ser efectuado a través de documento de entidad bancaria o financiera única forma de probar la morosidad. A estos dos requisitos deberá agregarse el uso del Formulario Unico de Arrendamiento (FUA) y que el inmueble sea destinado a vivienda.
Si el inquilino se negara a cumplir la orden de desalojo emitida por el notario, luego de que este verificara las posibilidades señaladas, es decir vencimiento del contrato y el pago de 2 mensualidades, el notario podrá solicitar la intervención policial para el desalojo, previo otorgamiento de un plazo para que el inquilino cumpla su obligación de pagar o desalojar el bien inmueble.
De esta forma queda superada, las acciones inapropiadas de algunos abogados y los malos inquilinos que abusivamente hacían uso del bien sin pago alguno por muchos años, o dejaban el bien después de haber hecho perder el tiempo, dinero y tranquilidad a los propietarios en largos procesos judiciales.
La solución llega con el proyecto de ley, que reconoce el procedimiento no contencioso de desalojo en sede notarial, que esperamos sea probado en el pleno del congreso, toda vez que ya fueron aprobadas por la Comisión de Vivienda y Construcción, así como  la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Esta norma se suma a otras que al ser transferidas a la competencia notarial han sido totalmente beneficiosas para la sociedad civil, que ve no solo en los actos notariales, rapidez y economía, sino también cero corrupción. 
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